5 Simple Techniques For orden de detencion europea y entrega - asistencia legal



La extradición es un proceso legal mediante el cual una persona es entregada por un Estado a otro Estado para ser juzgada o cumplir una pena de prisión.

1. El Juez Central de lo Penal será competente para la adopción de las resoluciones ulteriores en relación con la libertad vigilada ante el incumplimiento de la medida de libertad vigilada o de la comisión de una nueva infracción penal del condenado, salvo que la adopción corresponda a la autoridad de emisión por tratarse de alguno de estos supuestos:

one. Si la orden europea de detención y entrega se hubiera emitido para el ejercicio de acciones penales, cuando el reclamado sea puesto a disposición de la autoridad judicial española que emitió la orden, se convocará una comparecencia por ésta en los plazos y forma previstos en la Ley de Enjuiciamiento Prison o, cuando proceda, en la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores, a fin de resolver sobre la situación individual del detenido.

c) Cuando el proceso penal no concluya con la aplicación de una medida que restrinja la libertad individual.

La autoridad judicial española podrá dictar una orden europea de detención y entrega en los siguientes supuestos:

1. La ejecución de la orden o resolución que haya sido transmitida por otro Estado miembro se regirá por el Derecho español y se llevará a cabo del mismo modo que si hubiera sido dictada por una autoridad judicial española.

a) Cuando la persona condenada haya tenido la oportunidad de salir de España y no lo haya hecho en el plazo de cuarenta y cinco días desde su puesta en libertad definitiva, o bien lo ha hecho pero ha vuelto después de haber salido.

El Juez Central de lo Penal suspenderá la ejecución de la resolución tan pronto como la autoridad competente del Estado de emisión le informe de la adopción de cualquier resolución o medida que tenga por efecto anular o dejar sin efecto la resolución.

five. Transcurridos los plazos máximos para la entrega sin que la persona reclamada haya sido recibida por el Estado de emisión, se procederá a la puesta en libertad de la persona reclamada o la aplicación de las medidas que procedan con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal si tuviere alguna causa pendiente en España, sin que ello sea fundamento para la denegación de la ejecución de una posterior orden navigate here europea de detención y entrega basada en los mismos hechos.

six. Pone de decrease que los Protocolos n.os 21 y 22 del TUE reconocen un estatus especial a dos Estados miembros —Irlanda dispone de una opción de incorporación y Dinamarca no participa en el Derecho penal de la Unión—, lo que implica que ambos participan en la orden de detención europea pero no necesariamente en otros instrumentos, como las Directivas sobre garantías procesales; destaca la importancia de garantizar la navigate here coherencia en el espacio de libertad, seguridad y justicia;

F. Considerando que el reconocimiento mutuo no es un concepto nuevo nacido en el espacio de libertad, seguridad y justicia, sino que se desarrolló inicialmente en el mercado interior (lógica «Cassis de Dijon»); que, no obstante, el reconocimiento mutuo en la justicia penal tiene una lógica y una base jurídica diferentes a las del reconocimiento mutuo de las normas de acceso al mercado; que, a este respecto, el reconocimiento mutuo en el espacio de libertad, seguridad y justicia tiene sus características específicas, dadas sus repercusiones en los derechos fundamentales y en la soberanía nacional y por el hecho de que this contact form debe ser facilitado por la armonización del Derecho penal sustantivo y procesal, particularmente en lo relativo a las garantías procesales; que cualquier retroceso en la aplicación del principio de reconocimiento mutuo en materia penal puede tener consecuencias negativas y afectar a su aplicación en otros ámbitos, como el mercado inside;

3. Cuando la autoridad del Estado de ejecución devuelva la competencia para la vigilancia de las medidas de libertad vigilada y para la adopción de las decisiones ulteriores, la misma se ejercerá de nuevo por el Juez o Tribunal competente, que tendrá en cuenta el período y grado de cumplimiento en el Estado de ejecución, así como aquellas decisiones ulteriores que ya se hubieran adoptado.

one. En caso de que la persona reclamada haya sido extraditada a España desde un tercer Estado, y de que la misma estuviere protegida por disposiciones del acuerdo en virtud del cual hubiere sido extraditada relativas al principio de especialidad, la autoridad judicial española de ejecución solicitará la autorización del Estado que la haya extraditado para que pueda ser entregada al Estado de emisión.

two. La ejecución en España de una resolución por la que se impone una pena o medida privativa de libertad transmitida por el Estado de emisión no estará sujeta a Command de la doble tipificación cuando se refieran a hechos tipificados como algunos de los delitos que se enumeran en el apartado one del artículo 20, siempre que estén castigados en el Estado de emisión con penas o medidas privativas de libertad cuya duración máxima sea de al menos tres años.

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